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Dinámicas territoriales de los Siglos XVI al XVIII.

Por: Yeimi Esperanza López López*.


Introducción

Con la llegada de los conquistadores al actual territorio latinoamericano, las tierras de los pueblos originarios pasaron a formar parte de las tierras de la Corona de Castilla.

Los habitantes de dichas tierras se convirtieron de facto en súbditos de la Corona, por tanto debían tributar para el sostenimiento de la familia Real, estas cuestiones implicaron cambios sobre la propiedad y concepción de las tierras.

Son los documentos históricos sobre la cuestión de las tierras los que guardan memoria de los cambios con respecto a estas, los conflictos que se desataron al delimitar o ante la creación de pueblos nuevos.

Las siguientes líneas pretenden hacer un breve recorrido sobre los documentos de época colonial en los cuales se habla de las dinámicas territoriales en dicho periodo.


Las relaciones geográficas.

Los primeros registros sobre la descripción de los pueblos, sus extensiones y en ocasiones sus colindantes se encuentran dentro de las Relaciones Geográficas de la Nueva España, así como en Theatro americano, libros dentro de los cuales se puede apreciar lo relacionado al clima, número de tributarios y otros datos, aunque no se habla en su totalidad de los pueblos.

Así mismo en dichos registros se puede saber si algún pueblo gozaba de mayor importancia, si contaba con pueblos sujetos, si el pueblo del cual se hablaba era cabecera y/o sujeto1.

Estos procesos se dieron debido a la orden del Rey de Castilla que requería conocer más sobre sus tierras, ya que tras el proceso de colonización y conquista las tierras de los pueblos originarios pasaron a ser parte de las tierras de la Corona de Castilla.





De Lienzos y Testamentos.

Los señores naturales fueron reconocidos por los españoles y se les dio el nombre de caciques, algunos autores les han denominado como la nobleza indígena2, dueños de tierras.

Para dicho reconocimiento los caciques mandaron a hacer documentos pictográficos en los cuales se mencionaban los pueblos que estaban bajo su cacicazgo.

En dichos documentos se plasmaba la cabecera del cacicazgo, así como sus pueblos sujetos si es que los tenía, en algunos Testamentos como ocurrió en aquellos que pertenecieron a la Jurisdicción de Villa Alta3 se pueden encontrar documentos en los cuales se coloca al linaje gobernante, es decir, la pareja principal y sus hijas e hijos, con quiénes se casaban y de que pueblos provenían, con ello buscaban legitimar su heredad sobre las tierras y la “nobleza” de su sangre.

Hay dos tipos de documentos pictográficos en los cuales se pueden apreciar los límites territoriales de un pueblo o de un cacicazgo, algunos de estos se utilizaron como prueba para un juicio, otros formaron parte de las Relaciones geográficas o bien servían para delimitar el territorio de un señor natural o cacique.

De las Mercedes a la Composición de tierras.

Los primeros documentos sobre cuestión de tierras están relacionados a las Mercedes que se otorgaron para Estancias de ganado mayor o menor sobre todo entre 1584 y 1600 y estos eran otorgados a caciques o españoles, aunque se pueden encontrar documentos de 1700 sobre Mercedes.

En tanto que los caciques de distintas partes de Oaxaca obtuvieron el reconocimiento sobre las tierras de sus cacicazgos sobre todo a través de testamentos en los cuales exponían las tierras de las cabeceras y sus pueblos sujetos, esto ocurre entre finales del Siglo XVI y aún en el Siglo XVII.

Los conflictos territoriales.

Para época colonial temprana, en otras palabras, a finales del Siglo XVI la Real Audiencia y algunos Juzgados se encontraron con problemas por tierras entre cacicazgos, pues se les había pedido delimitar sus tierras y las de sus pueblos sujetos, comenzando así la fragmentación de las tierras de los pueblos originarios.

En el momento de resolver los problemas se dieron nombres de Santos a las mojoneras, por lo cual aún y cuando se cuenten con documentos, en ocasiones es difícil saber de qué lugares se trata en la actualidad, por otra parte algunos pueblos cambiaron su nombre al dejar de nombrarse en su propia lengua y nombrarse en náhuatl, toda vez que ésta lengua comenzó a utilizarse como franca durante la época colonial, esto contribuyo a mermar la memoria colectiva, la lengua y la identidad de algunos pueblos.





Para el Siglo XVII, es decir, los años de 1600 a 1700 se suscitaron una serie de problemas entre cabeceras y pueblos sujetos, pues la carga tributaria se hacía pesada para los pueblos sujetos, ya que se tributaba pare la Corona española y para el cacique.

Los conflictos por las sucesiones del cacicazgo y sus tierras fue un detonante para que los pueblos sujetos llevaran a cabo el desprendimiento de sus cabeceras, dando pie a conflictos por la tierra.

En ambos procesos hubo pueblos sujetos que al obtener la separación de sus cabeceras tuvieron la calidad de pueblos y cabecera y/o República de indios, lo cual implicaba que tenían derecho a elegir su propio cabildo.

Los Títulos de composición de tierras.

Para el caso de la composición de tierras del común, estas se comenzaron después de 1695 con la cédula de 12 de julio y fue básicamente a principios del Siglo XVIII por orden del Rey de España que se comienza la Titulación de tierras a los pueblos de la Nueva España.

Cabe mencionar que con la Titulación de composición de tierras se da paso a las tierras del común, es decir, de las tierras del pueblo, aunque en algunas regiones debido a que aún para el Siglo XVIII había cacicazgos algunos pueblos solicitaron la composición, pero no pudieron obtenerla, esto sucedió sobre todo en la mixteca.

La Composición de tierras se componía de varios elementos, en primer lugar la solicitud, acompañada por una memoria de linderos de las tierras en la cual se debiesen mencionar los nombres de los parajes y linderos de las tierras que decían ser suyas.

Una vez entregada la solicitud se presentaban como testigos personas mayores de los pueblos colindantes, en la mayoría de las ocasiones se trataba de los integrantes del cabildo, quienes mencionaba si era cierto que colindaban con el pueblo que presentaba la solicitud de titular sus tierras por composición.

En caso de haber contradicciones respecto a las tierras y sus linderos, se presentaban testigos que presentaba la parte que contradecía, por el contrario, si no había contradicciones el proceso se seguía.

Las composiciones de tierras podían realizarse sobre las tierras de uno, dos o hasta cinco pueblos, incluso si alguno de ellos ya se encontraba en despoblado, vale decir que para obtener la titulación por composición de tierras se daba una donación en pesos de oro o plata, los pueblos que lograban juntar una cantidad importante de dinero podían acceder a la composición de tierras sin mucho problema.

Finalmente si las diligencias se llevaban a cabo sin contradicciones se podía realizar un recorrido por las tierras o bien se hacía una vista de ojos, es decir, las autoridades, los solicitantes y los testigos se paraban en un punto tal que podían verse las tierras del pueblo que pretendía la composición.

El proceso en ocasiones tardaba años, en algunos casos la solicitud de presentaba en 1709, se presentaban los testigos en 1712 y se comenzaban las diligencias que en ocasiones se resolvieron entre 1759 y 1768.

En el caso del Estado de México las composiciones de tierras se hicieron sobre Mercedes o tierras que compraron los pueblos, dejando fuera tierras que pertenecieron a cacicazgos.

En cuanto a documentos tardíos, es decir, aquellos que se realizaron por vía de composición de tierras a principios del Siglo XIX en el actual estado de Jalisco se pueden localizar algunos casos.

Una figura más que se encuentra en el Siglo XVIII es el Amparo y posesión de las tierras de los pueblos, en la cual se hacía el recorrido correspondiente con citación de los colindantes.

Conclusiones

A diferencia de lo que se puede pensar, no todos los pueblos originaros cuentan con documentos de época colonial que amparen la posesión de sus tierras, en algunos casos lo que presentan cuando se le pide son diligencias por cuestiones de tierras sin que dichos documentos mencionen la totalidad de sus linderos.

Debido a la diversidad de casos en cuanto a la historia de la conformación territorial de los actuales municipios y comunidades agrarias en algunos estados, es importante estudiar cada caso de manera particular, si se cuenta con documentos de época colonial, se hace pertinente tener conocimiento si se trata de una Merced, un Lienzo, un Testamento, Amparo de posesión de tierras o un Titulo de composición de tierras.

Una cuestión más a considerar es la importancia de la lengua, ya que en muchos casos las mojoneras que se encuentran escritas dentro de los documentos están en lenguas originarias que permiten ubicar geográficamente los linderos y colindancias entre pueblos.


Notas.

1. La relación entre pueblos cabecera y sujetos se encuentra relacionado a los Cacicazgos de lo que se ha denominado la nobleza indígena.

2. De esta manera se le ha reconocido a los caciques y sus familias, sin embargo, hacen puntos de vista de los pueblos originarios sobre su historia y la forma de nombrar a sus principales y caracterizados.

3. En el estado de Oaxaca.


*La autora:

Yeimi Esperanza López López es historiadora y socióloga Ñuu savi, Maestra y Doctorante en Desarrollo Rural por la UAM Xochimilco, líneas de trabajo e investigación: migración, identidad étnica, territorio, derechos de los pueblos indígenas en contextos migratorios. Correo electrónico: yeimisavi@gmail.com

 
 
 

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